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Las lagunas legales dificultarán el cobro de multas por ir sin mascarilla

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Carlos Morales analiza las lagunas legales que dificultarán a las Administraciones el cobro de las multas que impongan por ir sin mascarilla

Un total de doce autonomías ya han regulado el uso obligatorio de la protección facial con mascarillas para evitar los rebrotes del Covid-19, aunque se respete las distancia de seguridad de un metro y medio, tal y como establece la legislación estatal. que cuenta con numerosas lagunas legales, que dificultarán a las Administraciones el cobro de las multas que impongan, tal y como ya ocurrió con las sanciones impuestas por saltarse el confinamiento durante el estado de alarma.

El Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria, convalidado por el Congreso el pasado 25 de junio, mantiene la obligatoriedad de las mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, así como en los transportes.

Carlos Morales, Director en el departamento de Derecho Público y Regulatorio de Andersen, advierte que los socorristas y el personal de vigilancia de las playas no tiene la condición de agente de la autoridad. Por tanto, no pueden obligar a que los bañistas se pongan la mascarilla. Ello exigirá la presencia continuada de las fuerzas y cuerpos de seguridad para vigilar el cumplimiento de la norma.

Puede ver el artículo completo en El Economista

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