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Contratos públicos y subida del IPC

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José Vicente Morote analiza en un artículo que publica EL PAÍS qué supone para los contratistas la limitación de aplicar mecanismos de revisión de precios de los contratos públicos, una medida que estableció el Gobierno para hacer frente a la fuerte subida de los costes de muchos materiales de obra y cuya aplicación finalizó el pasado 2 de marzo.

El pasado 2 de marzo finalizó la aplicación del mecanismo de revisión excepcional de precios de los contratos públicos que el Gobierno estableció por decreto para hacer frente a la fuerte subida de los costes de muchos materiales de obra. Sin embargo, tras el parche, y ante el persistente encarecimiento de las materias primas y la energía, los contratistas se están planteando demandar para no seguir perdiendo dinero. 

José Vicente Morote, socio director de Andersen, admite que esta medida ha supuesto un balón de oxígeno para un sector ya penalizado por la anterior crisis económica. Eso sí, tal y como apunta el abogado, su objetivo no era que la administración asumiera en solitario y de forma permanente las consecuencias de la inflación. Por este motivo su aplicación ha sido temporal, algo que lamentan desde la Confederación Nacional de la Construcción (CNC).

La revisión de precios es un instrumento que permite actualizar periódicamente la contraprestación a abonar al contratista de acuerdo con una fórmula, también predeterminada en los pliegos, que no puede estar relacionada con el IPC, sino con el incremento de precios de los elementos esenciales para ejecutar el contrato. “No se trata de adaptar los contratos a la inflación, sino de contemplar la posibilidad de revisarlos únicamente en función de los precios de los componentes que son necesarios para la prestación”, puntualiza José Vicente Morote.

Para poder aplicar este mecanismo es imprescindible, además, que hayan pasado dos años desde la formalización del contrato y que al menos se haya ejecutado en el 20 % de su importe. “En consecuencia, el primer 20% ejecutado y los dos primeros años transcurridos desde la formalización quedarán excluidos de la revisión”, aclara Morote.

Según los expertos, la respuesta de la administración en estos casos suele ser negativa o de silencio, lo que se traduce también en una desestimación de la petición. Esta contestación abre la vía para acudir a los tribunales, aunque eso sí, advierte Morote, mientras dure el proceso los contratistas no van a conseguir ni la suspensión del contrato ni una contraprestación mayor como medida cautelar. 

Licitaciones desiertas

El impacto de la inflación en la contratación pública está siendo importante, según José Vicente Morote, socio director de Andersen, aunque no igual en todos los contratos al haber incidido de forma distinta el incremento de los precios en el coste de cada prestación. Asimismo, no sólo comporta riesgos para los contratistas, que deben pagar más de lo que se presupuestó al inicio por los componentes necesarios para la prestación, sino también para las Administraciones públicas, ya que se exponen a que las licitaciones queden desiertas si el presupuesto del contrato no se ajusta a la realidad. Según datos de la CNC entre octubre de 2021 y septiembre de 2022 hubo casi 2.000 licitaciones públicas desiertas por valor de casi mil millones de euros.

Puede leer el artículo completo en El País.

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