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Los gestores administrativos serán los responsables del inicio del concurso de las microempresas

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Javier Mata, Senior Partner de Andersen, ha participado en el Congreso Concursal 2022, organizado por la editorial jurídica Lefebvre

Los gestores administrativos van a tener una responsabilidad enorme sobre las causas de inhabilitación por inexactitudes graves en la entrega de documentación, que se va a colgar en la plataforma en el sistema concursal especial para microempresas, puesto que este es el momento clave para que no surjan complicaciones graves al cliente.

Así, lo ha señalado Javier Mata, vocal de la Junta Directiva del Club Español del Derecho de la Insolvencia (CEDI), en su intervención en el Congreso Concursal 2022, organizado por la editorial jurídica Lefebvre, al tiempo que ha advertido que "la Administración ya tiene que estar en contacto con los gestores administrativos, que van a ser el operador crítico en los concursos de microempresas".

Mata ha advertido a los gestores administrativos que "ya deberían estar preparados, como lo están tecnológicamente, porque el autónomo no tiene un solo papel en su poder, la responsabilidad de los impuestos y de los papeles, en general, la tiene la gestoría que va a ser la  responsable de volcar los papeles en la plataforma, porque el deudor no lo va a hacer, puesto que ni tiene tiempo para ello ni sabe como hacerlo".

Mata ha mostrado sus dudas sobre la fecha en que pueda entrar en funcionamiento este procedimiento especial. "Se trata de un procedimiento electrónico diseñado de forma compacta y muy fluida. Debería funcionar".

Sin embargo, este especialista en Derecho Concursal matiza que "cosa distinta es el resultado del procedimiento que se puede esperar. Cuando llegan a la insolvencia el valor para terceros es prácticamente cero. Los acreedores no tienen incentivos para negociar en fase de preconcurso y, además el tiempo, que otorga la norma es muy escaso. Por ejemplo, la banca que es un acreedor crítico tiene tiempos de reacción en plazos más amplios de los que marca la ley, que no puede superar en ningún caso los tres meses, y no digamos los acreedores públicos a los que protege la ley y no da ningún incentivo para ponerse a negociar".

Puede leer el artículo completo en El Economista.

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