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La difícil tarea de probar que hay discriminación salarial de género en la empresa

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Alfredo Aspra analiza el reglamento sobre igualdad retributiva entre hombres y mujeres aprobado el pasado 13 de octubre

El pasado 13 de octubre el Consejo de Ministros aprobó el reglamento sobre igualdad retributiva entre hombres y mujeres. La norma establece una serie de obligaciones a las compañías, entre las que destacan la elaboración de un registro salarial de toda la plantilla, incluyendo personal directivo y altos cargos. De esta forma, se intenta eliminar (o, al menos, reducir) la brecha salarial entre sexos existente en nuestro país que, según el Instituto Nacional de Estadística, se sitúa en el 22%; un porcentaje que se reduce al 13% si se depuran los efectos estadísticos.

El registro salarial, que deberán confeccionar todas las compañías antes del próximo 14 de abril, debe contener información sobre los valores medios de todos los sueldos desglosados por género y categoría profesional, así como los complementos y otras percepciones extrasalariales. Asimismo, en caso de contenerse diferencias superiores al 25% en las medias de unas y otros, la organización deberá aportar razones objetivas que justifiquen las desigualdades. La labor de explicar los desequilibrios, según los expertos consultados, está suscitando mucha preocupación en las empresas. 

Alfredo Aspra, socio de Andersen, afirma que, la medida puede traer mucha burocracia, especialmente para aquellas entidades que cuenten con sistemas de retribución más complejos y variables, además resalta que, los incrementos salariales pueden producirse por motivos diferentes a las tareas encomendadas, como pluses por antigüedad, mejoras por la eficiencia, premios por rendimiento o por disponibilidad. En estos casos, al tratarse de conceptos más subjetivos, “la compañía deberá justificarlos de forma detallada”.

Puede ver el artículo completo en El País

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