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Absolución en el Tribunal Arbitral del Deporte de tres futbolistas señalados por UEFA por presunto amaño de partidos

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El equipo de Derecho Deportivo de Andersen logra la anulación de la decisión de la Federación de Fútbol de Armenia de sancionar a los jugadores sin poder volver jugar al fútbol

El Tribunal Arbitral del Deporte (TAS-CAS) en Suiza ha absuelto a tres futbolistas acusados por UEFA por un presunto amaño de partidos. El equipo legal del departamento de Derecho Deportivo de Andersen que se ha ocupado de la defensa, dirigido por la socia Rosalía Ortega, y con el apoyo de los abogados Paola Villarino y Nicolas Senderowicz, han valorado la decisión y felicitado a los jugadores Pape Demba Dieye, Antonio Lokwa y a Samvel Safaryan, por esta importantísima victoria ante el TAS, al lograr su inocencia con la anulación de la decisión emitida por la Federación de Fútbol de Armenia en Julio de 2020 por la que se les sancionaba a no volver a jugar a fútbol.

Junto al equipo de Andersen, han colaborado en el caso los letrados Artsrun Badalayan (Art Legal Sports Law & Management), Antonio Quintero y Elena Mundaray (Escritorio Jurídico Carrero & Quintero), en este caso de éxito en Derecho Deportivo, de tres de nuestros clientes, en el área del derecho disciplinario sancionador, y en el contexto del amaño de partidos.

Según ha explicado Ortega, los clientes y apelantes, tres jugadores que militaban en la Premier League de Armenia, sin más culpabilidad que estar desarrollando su labor profesional jugando al fútbol, fueron duramente sancionados por presunto amaño de partidos. Dos de los futbolistas africanos fueron sancionados de por vida sin poder volver jugar al fútbol, por la Federación de Fútbol de Armenia. El tercer jugador, armenio, y por tanto local, era sancionado durante tres años. La única deferencia entre ellos era su nacionalidad y su color de piel. Las decisiones fueron tomadas en base a unos informes emitidos por Sportradar para UEFA.

Estos informes vinculaban los nombres de los jugadores con partidos señalados, como altamente sospechosos, en relación a las apuestas deportivas de los mismos, pero sin pruebas. Además, no se siguió ningún tipo de procedimiento disciplinario, no hubo trámite de audiencia, no fueron escuchados, y, sin poder siquiera defenderse, la Federación de Fútbol de Armenia, prohibía a los apelantes, jugar al fútbol de manera inmediata.

La responsable del área legal de Derecho Deportivo de Andersen ha indicado que el camino jurídico recorrido partió con la inversión del principio de inocencia, teniendo que combatir procesalmente las sanciones desde el principio de culpabilidad. Hubo pena sin culpa, y sanción disciplinaria sin proceso disciplinario.

Con el objetivo claro de absolver a los tres jugadores, anulando las sanciones impuestas, y restaurarles su derecho a poder jugar al fútbol, así como la indemnización por daños y perjuicios, y la condena en costas a la Federación de Fútbol de Armenia, el trabajo jurídico se basó en: el “standar of proof” aplicable, la falta de pruebas, levantar una sanción groseramente desproporcionada, discriminatoria y no motivada, así como las graves violaciones del debido proceso.

El procedimiento judicial fue complejo, y las instituciones del fútbol quebrantaron la tutela judicial efectiva. Especial mención merecen las medidas provisionales urgentes solicitadas en UEFA, en base a los artículos 49 y 50 de su Reglamento Disciplinario. Y es que, el auxilio judicial solicitado en UEFA, el máximo organismo que rige el fútbol a nivel europeo, ignoró por completo la situación, inhibiéndose, y negándose siquiera, a abrir el caso. Esto, a pesar de su clara jurisdicción y competencia, avalando así la actuación de la federación armenia.

En relación al amparo solicitado en la segunda instancia de la Federación de Fútbol de Armenia, la sanción del Comité Disciplinario y de Ética armenio fue ratificada íntegramente en apelación. En base a esta segunda decisión, se presentó ante el Tribunal Arbitral del Deporte el pertinente recurso. Durante el procedimiento arbitral, se solicitó la ayuda legal o “legal aid” para los jugadores, que fue concedida en base a su grave situación económica.

Finalmente, mediante el Laudo de fecha 27 de julio de 2021, CAS 2020/A/7345, los jugadores eran completa e inmediatamente absueltos, la sanción anulada, deben ser indemnizados, y además, la Federación de Fútbol de Armenia ha sido condenada también a pagar las costas. La decisión ya es firme puesto que no ha sido apelada ante el Tribunal Federal Suizo.

Los jugadores han valorado la decisión del TAS. En concreto, Pape Demba Dieye (Senegal) ha resaltado: “no puedo agradecerles lo suficiente a mis abogados el trabajo tan duro y tan adecuado que hicieron y por la ayuda moral diaria. Nunca tuve miedo por perder el caso porque en alma y en conciencia sabía que era inocente, nunca haría cosas que pudieran avergonzarme a mí o a mi familia. Pasé los últimos 11 meses muy duros, sin sueldo, sin equipo, sin entrenar, sin moral”.

Por su parte, Antonio Lokwa (El Congo), también ha agradecido la labor de los abogados, que “hicieron un muy buen trabajo y nos ayudaron durante en ese momento difícil, incluso aunque sabíamos que éramos 100 por cien inocentes en esta historia, no era obvio, pero con el apoyo de nuestras familias y de ellos, lo logramos lidiar positivamente tras este período tan difícil cuando te prohíben trabajar y practicar deporte siendo muy joven y te quedas sin tu sueldo. Es demasiado difícil, pero gracias a Dios ahora todo ha vuelto a la normalidad”.

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