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Breve análisis de las diez novedades laborales y de seguridad social de obligado conocimiento contempladas en el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2018

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Breve análisis sobre las principales novedades en materia laboral y de Seguridad Social

En el Consejo de Ministros celebrado el pasado día 27 de marzo de 2018, se aprobó el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado (“PGE”) para el presente año 2018, que tras su remisión a las Cortes Generales, deberá seguir su tramitación parlamentaria, durante los meses de abril y mayo, hasta su aprobación definitiva.

El citado Proyecto de PGE contempla en su parte de medidas sociales, entre otras cuestiones, una rebaja en el IRPF para las rentas más bajas, subida de las pensiones mínimas y de viudedad, incremento salarial para funcionarios, mayor oferta pública de empleo y equiparación salarial de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad Del Estado.

Desde un prisma netamente laboral y de seguridad social, cabe destacar las siguientes novedades:

1.- Ampliación de la duración del permiso por paternidad

Se prevé la modificación del artículo 48.7 ET, de forma que se amplía el permiso por paternidad, tanto para el sector público como privado, de cuatro a cinco semanas. Este permiso podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial de un mínimo del 50%, y de forma ininterrumpida, salvo el último mes del periodo, que previo acuerdo entre trabajador y empresario, podrá disfrutarse dentro de los nueve meses posteriores a la fecha del nacimiento del hijo.

2.- Bonificación en caso de cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o lactancia y supuestos de enfermedad profesional

Se mantiene la bonificación del 50 por ciento en la cotización empresarial en los supuestos de cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural, así como en los supuestos de enfermedad profesional.

3.- Ayuda económica para jóvenes con baja formación

Se contempla una nueva medida de activación u inserción laboral para jóvenes beneficiarios del Sistema de Garantía Juvenil, en forma de ayuda económica de acompañamiento, por un importe equivalente al 80% del Indicador Público de Renta a Efectos Múltiples (IPREM) vigente en cada momento. Esta ayuda se mantendrá durante la vigencia del contrato para la formación y el aprendizaje, con una duración máxima de 18 meses.

4.- Bonificación por conversión en indefinidos de los contratos para la formación y el aprendizaje

Se incentiva la conversión en indefinidos de los contratos para la formación y el aprendizaje, celebrados con jóvenes beneficiarios de la ayuda económica de acompañamiento, pudiéndose aplicar una bonificación en las cuotas empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social de 250 euros mensuales, durante un periodo de tres años.

5.- Medidas de apoyo al empleo en el sector turístico

Con el objetivo de combatir la temporalidad del empleo en un sector como el del turismo, se mantienen las medidas de apoyo a la prolongación del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en tal sector.

En este sentido, el empresario que inicie o mantenga el alta de trabajadores en este sector con contratos fijos discontinuos podrá beneficiarse de bonificaciones del 50% en la cuota empresarial a la seguridad social por contingencias comunes, recaudación conjunta de desempleo, FOGASA y formación profesional de los trabajadores.

6.- Subida de las pensiones más bajas

Se contempla la mejora de las pensiones mínimas con una subida del 3%, y las pensiones de viudedad con un incremento del 2% de la base reguladora para mayores de 65 años. Aquellas otras pensiones que no superen los 12.000 euros brutos anuales se verán incrementadas entre el 1% y el 1,5%.

Con carácter general, las pensiones contributivas abonadas por el sistema de la Seguridad Social, así como las de Clases Pasivas, se revalorizarán en el año 2018 un 0,25%, al igual que en el ejercicio anterior.

7.- Oferta de empleo público

En caso de que Administraciones públicas que cumplan con sus objetivos de déficit, deuda y regla del gasto, la oferta de empleo público, podrá alcanzar el 100% de la tasa de reposición.

Las entidades locales podrán contar una tasa de reposición adicional del 10%, siempre que hubieran amortizado su deuda financiera a 31 de diciembre del ejercicio anterior.

Por otro lado, respecto de las retribuciones a empleados públicos, en el marco de los acuerdos suscritos entre Gobierno y sindicatos, se contempla una actualización del 1,75% para el año 2018. En mérito de los acuerdos alcanzados, esta actualización incluye un incremento fijo, y una parte adicional vinculada al PIB y al cumplimiento en 2020 del objetivo de estabilidad.

8.- Reducción por obtención de rendimientos del trabajo

Se contempla una bajada del IRPF para los impuestos más bajos, de manera que el mínimo exento de tributación se incrementa de los 12.000 a los 14.000 euros anuales. Igualmente se contempla una reducción en la tributación para las rentas de trabajo de entre 14.000 y 18.000 euros anuales. Y se incrementa las reducciones para rentas del trabajo hasta 18.000 euros de salario bruto.

9.- Deducción por maternidad

Las mujeres con hijos menores de tres años, en caso de haber satisfecho los gastos de guarderías o centros de educación infantil autorizados, podrán incrementar 1.000 euros adicionales la deducción anual de 1.200 euros, que ya se venía aplicando.

10.- Se mantiene el IPREM y el interés legal del dinero para el año 2018

No se contempla variación respecto del Indicador Público de Renta a Efectos Múltiples (IPREM), como el interés legal del dinero, que se mantienen  para el año 2018 en 17,93 euros/día y el 3,00%, respectivamente.

 

Para su información y conocimiento, puede consultar la norma comentada en el siguiente enlace

 

Para más información, puede contactar con:

Alfredo Aspra

alfredo.aspra@AndersenTaxLegal.es

José Antonio Sanfulgencio

jantonio.sanfulgencio@AndersenTaxLegal.es

 

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