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Cuenta atrás para la desaparición de la “Golden Visa”

| Publicaciones | Derecho Fiscal
El pasado lunes 4 de noviembre, a través de una enmienda introducida en el Proyecto de Ley de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, tanto el Gobierno como sus socios parlamentarios dieron un paso que se antoja definitivo hacia la derogación total del permiso de residencia popularmente conocido como "Golden Visa".
Si bien, la ley que incluiría esta medida se encuentra todavía en fase de proyecto, lo cierto es que la determinación del Gobierno para su eliminación parece firme.
Esta tramitación trae causa del anuncio realizado por el presidente del Gobierno en abril de 2024 cuando anticipó la voluntad del Ejecutivo de eliminar la “Golden Visa", apuntando a la concesión de estos visados como una de las causas del encarecimiento de la vivienda en zonas especialmente tensionadas del territorio español.
Los visados para inversores fueron introducidos por la Ley 14/2013, como permisos de residencia diseñados para atraer inversión y talento extranjero a España, y su concesión venía supeditada a la materialización de distintos tipos de inversiones en territorio español, principalmente:
- Inversiones inmobiliarias: adquisición de inmuebles por un valor igual o superior a 500.000 euros.
- Inversiones en empresas españolas: adquisición de acciones o participación en empresas nacionales por un mínimo de 1 millón de euros.
- Inversiones en deuda pública española: una inversión mínima de 2 millones de euros.
- Iniciativas empresariales: proyectos de emprendimiento considerados de interés general que fomentaran la creación de empleo, innovación y crecimiento económico.
Una de las ventajas para los solicitantes de este tipo de visado, en comparación con otros permisos de residencia, radica en que este permiso facilita la residencia en España a ciudadanos no pertenecientes a la Unión Europea, aun cuando no se acredite una estancia prolongada en el país y, además, permite al solicitante trabajar en España durante su vigencia.
Esta última característica del visado para inversores ha propiciado que, desde su creación, haya sido utilizado por solicitantes del régimen especial para trabajadores desplazados a territorio español previsto en el artículo 93 de la Ley del IRPF (popularmente conocido como régimen Beckham).
En la medida en que la concesión de este régimen conlleva un elemento de causalidad vinculado a la llegada a territorio español, la Golden VISA ha permitido a sus beneficiarios, agilizar al máximo su llegada a España y minimizar los riesgos asociados a un potencial incumplimiento del plazo de 6 meses habilitado por la normativa del IRPF para la solicitud del régimen.
Ahora, con el impulso tomado esta semana parece confirmarse que el anuncio realizado en el mes de abril no fue una mera declaración de intenciones, y la determinación para acabar con el visado para inversores por parte del Gobierno es firme.
Pese a la más que esperable eliminación del visado para inversores, se ha implementado una disposición transitoria que permitirá a los inversores o familiares que hayan solicitado este tipo de visa antes de la entrada en vigor de la nueva normativa mantener su estatus de residencia.
Debido al impacto directo de esta enmienda en el ámbito de las inversiones extranjeras y en la legislación de visados, desde Andersen estaremos atentos al marco derogatorio que finalmente se apruebe para poder ofrecer soluciones a aquellas personas que pensaban obtener la residencia en España a través de esta vía.
Puede descargar el documento completo aquí.
Para más información puede contactar con:
Departamento de Fiscal de Andersen
fiscal@es.andersen.com
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