Hay una pregunta que cualquier CFO de una empresa tecnológica debería ser capaz de responder sin dudar: ¿cuánto de tu EBITDA ajustado resistiría una reconciliación auditada, partida a partida, publicada en nota a los estados financieros? Si la respuesta genera incomodidad, hay trabajo que hacer antes de 2027.
El IASB publicó en abril de 2024 la NIIF 18, que sustituye a la NIC 1 y entra en vigor para ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2027, con aplicación retroactiva. Eso significa que 2026 ya es año de impacto: los datos de este ejercicio serán el comparativo obligatorio en los primeros estados bajo la nueva norma.
El problema que la norma viene a resolver
Durante décadas, el sector tecnológico construyó un ecosistema de métricas propias —ARR, Non-GAAP Operating Income, , Rule of 40,etc— con una lógica comprensible: el modelo contable tradicional no captura bien la economía de una empresa de software. Hasta ahí, razonable. El problema es que sin definición estándar, sin auditoría y sin reconciliación obligatoria, esas métricas acabaron funcionando como una narrativa a conveniencia. Cada empresa las diseñaba para contar la historia que más le interesaba contar.
La NIIF 18 no prohíbe esas métricas, todo lo contrario, las somete a publicidad. Cualquier medida de rendimiento financiero que la dirección use públicamente —en presentaciones a inversores, comunicados de resultados, roadshows— y que no esté definida por las NIIF pasa a ser una Management Performance Measure (MPM). Y las MPMs exigen reconciliación obligatoria en nota, partida a partida, con su carga fiscal asociada. Y esa nota será revisada por el auditor.
Qué cambia en la práctica
El impacto más inmediato afecta a las exclusiones estructurales. La remuneración en acciones (stock-based compensation), los costes de reestructuración que curiosamente aparecen todos los años, o los ajustes post-M&A que se eternizan quedarán consignados en nota auditada, año tras año, y será muy difícil mantener la etiqueta de «no recurrente» con un inversor sofisticado enfrente.
Hay además un impacto operativo que la literatura técnica suele infraestimar: la nueva estructura de cinco categorías exige que el plan de cuentas y el ERP puedan etiquetar cada transacción según la taxonomía de la norma. Para una empresa tecnológica con costes de infraestructura cloud que son parte explotación y parte desarrollo capitalizable, esa asignación requiere criterios documentados y sistemas que los apliquen de forma consistente. No es un problema de auditoría; es un problema de arquitectura de datos financieros que ningún asesor externo puede resolver desde fuera.
Con 2026 como año comparativo retroactivo, las empresas que aplican NIIF —o que anticipan hacerlo por exigencia de fondos o procesos de M&A— deberían estar haciendo ahora mismo dos cosas. Primero, inventariar todas las métricas que la dirección usa externamente y someterlas al test MPM. Segundo, evaluar honestamente si las exclusiones que sostienen esas métricas resistirían escrutinio auditor. Si esta segunda cuestión tiene respuesta negativa, es necesario actuar.
La narrativa financiera libre que el sector tecnológico ha disfrutado durante décadas no desaparece de golpe. Pero se estrecha considerablemente. Y las empresas que lleguen a 2027 sin haber ordenado su casa van a tener una conversación muy incómoda con su auditor —y probablemente también con sus inversores.