El pasado 23 de julio de 2024 la Comisión Nacional del Mercado de Valores (en adelante, “CNMV”) publicó sus dos modelos normalizados para la autorización de prestación de servicios de criptoactivos bajo el Reglamento (UE) 2023/1114 del Parlamento Europeo y del Consejo de 31 de mayo de 2023 relativo a los mercados de criptoactivos y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1093/2010 y (UE) n.o 1095/2010 y las Directivas 2013/36/UE y (UE) 2019/1937 (en adelante, “Reglamento MiCA”).
En este sentido, a pesar de que el Reglamento MiCA entre en aplicación en enero de 2025, las entidades ya pueden comenzar con el trámite de autorización frente a la CNMV, que, como se puede observar tras analizar los modelos normalizados, será un trámite complejo y exigente tanto en recursos económicos como en la dedicación del personal implicado en su tramitación.
Asimismo, podemos diferenciar varios escenarios en función del tipo de entidad solicitante:
- Entidades que cuentan con la consideración de: entidades de crédito, empresas de servicios de inversión, sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva, entidades de dinero electrónico, y depositarios centrales de valores o infraestructuras de mercados (en adelante, “Entidades Financieras”), que deberán seguir el Modelo de notificación de la información que han de presentar determinadas entidades financieras para prestar servicios de Criptoactivos.
Si bien, este tipo de entidades podrán seguir prestando los servicios para los que estén inscritos en el Registro de proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por moneda fiduciaria y de custodia de monederos electrónicos de Banco de España, hasta el 31 de diciembre de 2025.
- Entidades no consideradas Entidades Financieras, deberán seguir el Manual para la solicitud de la autorización de proveedores de servicios de criptoactivos (PSC).
Asimismo, este tipo de entidades podrán seguir prestando los servicios para los que estén inscritos en el Registro de proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por moneda fiduciaria y de custodia de monederos electrónicos de Banco de España, hasta el 31 de diciembre de 2025.
A través de este nuevo registro se puede apreciar los esfuerzos que la CNMV está realizando para adelantarse a la entrada en aplicación del Reglamento MiCA, dando la oportunidad a las entidades a mantener reuniones previas con el organismo regulador para poder comprender las preocupaciones y los modelos de negocio disruptivos de las entidades.
Por todo ello, el actual escenario crea una gran oportunidad para aquellas entidades que se quieran posicionar dentro de este nuevo marco regulado ofreciendo todas las garantías legales y regulatorias a sus clientes.