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Pacto digital para la protección de las personas

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Una iniciativa de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que tiene como objetivo promover un compromiso firme con la privacidad en las políticas de sostenibilidad y los modelos de negocio de las organizaciones

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha lanzado el pacto digital para la protección de las personas, una iniciativa que tiene como objetivo promover un compromiso firme con la privacidad en las políticas de sostenibilidad y los modelos de negocio de las organizaciones, compatibilizando el derecho fundamental a la protección de datos con la innovación, la ética y la competitividad empresarial.

El pacto digital para la protección de las personas promueve la privacidad como un activo para organizaciones públicas y privadas. Entre los principios que se recogen se encuentra impulsar la transparencia para que los ciudadanos conozcan qué datos se están recabando y para qué se emplean, promover la igualdad de género y la protección de la infancia y las personas en situación de vulnerabilidad, o garantizar que las tecnologías eviten perpetuar sesgos o aumentar las desigualdades existentes, evitando la discriminación algorítmica por razón de raza, procedencia, creencia, religión o sexo, entre otras.

  1. ¿La adhesión es gratuita?

La adhesión es gratuita y no supone ningún coste para la organización.

  1. ¿Qué validez tiene?

La validez de este compromiso es de un (1) año, con renovación automática, salvo desistimiento de la entidad adherida.

  1. ¿Qué compromisos adquiere la entidad adherida?

La propia AEPD ha manifestado que la adhesión al Pacto Digital no pretende que las organizaciones adheridas asuman más obligaciones de las que legalmente le corresponden, sino de precisar un compromiso específico en el ámbito digital que debe ser objeto de una especial diligencia por parte de las organizaciones firmantes.

  1. A este respecto, mediante la firma de la carta de adhesión, la entidad se compromete a (i) implantar en sus respectivas organizaciones los principios y recomendaciones contemplados en los otros dos documentos que conforman el contenido del Pacto Digital, y, (ii) de otra, como compromisos adicionales, a difundir entre su personal y usuarios el Canal prioritario para solicitar la eliminación urgente de contenidos sexuales y violentos en internet, así como otros recursos y herramientas que la AEPD ha puesto a disposición de los sectores público y privado y de la ciudadanía para ayudar a la sensibilización sobre el valor de la privacidad y la importancia del tratamiento de los datos personales, también en el entorno laboral.
  2. El segundo documento -compromiso por la responsabilidad en el ámbito digital- contiene las obligaciones específicas de las organizaciones en el ámbito digital, impulsando su difusión en su organización y ante terceros. Adicionalmente, el documento incorpora algunos principios que, desde la perspectiva de la ética y la protección de datos, la llamada ética digital, deberían tenerse especialmente en cuenta a la hora de diseñar e implantar los nuevos desarrollos tecnológicos.
  3. El tercer documento que integra la presente iniciativa de la AEPD es el decálogo de buenas prácticas en privacidad para medios de comunicación y organizaciones con canales de difusión propios, con el que la AEPD quiere promover la lucha contra la violencia digital tanto entre los medios de comunicación como con todas aquellas organizaciones que disponen de canales de difusión propios para informar sobre temas de interés para sus públicos, ya sea mediante sus redes sociales o con revistas o boletines corporativos.
  4. ¿Qué entidades hay adheridas al Pacto Digital?

A través de la página de la Agencia Española de Protección de Datos pueden consultar todas las entidades adherida hasta el momento.

Puede descargar el documento completo desde aquí.

Para más información puede contactar con:

Isabel Martínez Moriel | Director en el Área de Privacy, IT & Digital Business

isabel.martinez@es.andersen.com

 

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