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Nueva demanda bajo el Título III de la Ley Helms-Burton
| Publicaciones | Cuban Desk
El pasado 3 de enero de 2021, se presentó contra una compañía de Singapur una nueva demanda fundada en el Título III de la Ley Helms-Burton. Recordemos que, si bien la Ley Helms-Burton entró en vigor en marzo de 1996, la aplicación del Título III relativo al “tráfico” de activos confiscados por el gobierno cubano fue suspendida hasta que el presidente Donald Trump la reactivó el 2 de mayo de 2019. El Título III regula la protección de los derechos de propiedad sobre los activos cubanos propiedad de nacionales estadounidenses, incluidos los de los nacionales cubanos que han adquirido la nacionalidad estadounidense, como es el caso de las demandantes. Con este fin, la Ley Helms-Burton otorga el derecho a demandar a cualquier persona física o jurídica que, una vez transcurrido un periodo de tres meses a partir de la fecha de entrada en vigor del Título III, se lucre mediante la explotación o “tráfico” de propiedades que hayan sido confiscadas por el gobierno cubano desde el 1 de enero de 1959 hasta la fecha de entrada en vigor de dicha Ley.
Las demandantes, Dña. Hilda Castanedo y Dña. Emma Díaz, identifican en su demanda a tres compañías pertenecientes al Grupo Minero Trafigura: (1) “Trafigura Group Pte. Ltd. (Identificada como “Trafigura Parent”, empresa con domicilio en Singapur), (2) “Trafigura Pte. Ltd.” (Identificada como Transfigura Trader, constituida en Singapur) y (3) “Trafigura Trading LLC” (Filial de Transfigura Parent, con domicilio social en Texas, Estados Unidos). El Grupo Minero gestiona operaciones mineras, desarrolla proyectos, realiza auditorías técnicas de proyectos existentes y potenciales, y presta servicios de asesoramiento y apoyo a otras empresas que operan bajo la marca Trafigura. Asimismo, según las demandantes, el Grupo Minero Trafigura publica estados financieros consolidados, y atribuye pérdidas y ganancias a todos los miembros del Grupo, incluidas las sociedades demandadas.
De conformidad con la demanda, la sociedad de Singapur “Trafigura Pte. Ltd.” participa una empresa mixta con el gobierno cubano, denominada EMINCAR, a través de la cual ha realizado inversiones y desarrolla su actividad en el sector de la minería en la provincia de Pinar del Río. Concretamente, utilizaría la terminal, almacenes e instalaciones del puerto de Santa Lucía, para transportar los minerales extraídos hasta el puerto de Mariel, así como para el transporte de maquinaria y medios necesarios para el desarrollo de la extracción minera mediante la construcción de instalaciones tales como una planta de tratamiento de los minerales, una planta de tratamiento de aguas, e infraestructuras de transporte tales como carreteras.
Alegan los demandantes que dichas instalaciones y terrenos, incluyendo el Puerto de Santa Lucía, se corresponden con las propiedades confiscadas por el régimen de Fidel Castro en 1960, consistente en una gran explotación minera de plomo y zinc, por la que nunca se recibió compensación económica. Dña. Hilda Castanedo y Dña. Emma Díaz afirman haber heredado las propiedades confiscadas de su padre, Waldo P. Díaz, único sucesor de Minas de Matahambre, S.A. al momento de la confiscación. Waldo falleció en 1962 y no se menciona si era o no ciudadano de los Estados Unidos.
Debe recordarse que existen varias condiciones que deben cumplirse para ejercer una reclamación en virtud del Título III de la Ley Helms-Burton. Entre ellas, que para ostentar la legitimación activa, el demandante debe ser un nacional de los Estados Unidos. Al parecer, dicho requisito se cumple con respecto a ambas demandantes, pues obtuvieron la nacionalidad estadounidense antes del mes de marzo de 1996. No obstante, tendrán que demostrar el nexo entre el bien confiscado y su legitimidad para demandar.
La demanda no trae causa de reclamación certificada por la Foreign Claims Settlement Commission (FCSC). De las 34 demandas presentadas hasta el momento al amparo del Título III, sólo 11 de ellas corresponden a reclamaciones certificadas.
Puede descargar el documento completo desde aquí.
Para más información puede contactar con:
Ignacio Aparicio | Socio Mercantil / M&A y Director del Cuban Desk
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