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Novedades laborales | Abril 2024

| Publicaciones
I.- NORMATIVA
Real Decreto 322/2024, de 26 de marzo.- El 1 de enero de 2025 entrará en vigor, entre otras novedades, el mecanismo de cotización adicional de solidaridad, que tiene como objetivo equilibrar las contribuciones al sistema de pensiones. Mediante este Real Decreto se impone el pago de una cotización complementaria a aquellos ingresos que superen la base máxima de cotización.
Orden PJC/281/2024, de 29 de enero. Actualización de las bases de cotización. Esta nueva Orden, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», con efectos desde el día 1 de enero de 2024. conlleva una serie de modificaciones en materia de cotizaciones a la Seguridad Social, tales como la elevación de las bases de cotización mínimas, así como la penalización de aquellos contratos temporales de duración inferior a 30 días, los cuales tendrán una cotización adicional de 31,22 euros a cargo del empresario a la finalización del contrato.
Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas armonizadas en materia de Inteligencia Artificial. - En fecha 13 de marzo de 2024, ha sido aprobado el Reglamento de Inteligencia Artificial, con el objetivo de regular los usos de la Inteligencia Artificial para limitar los riesgos que de ellos se derivan, mediante la implantación de una serie de prohibiciones y obligaciones.
II.- SENTENCIAS DE INTERÉS
Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, (Sala de lo Social, Sección 1ª), Sentencia número 60/2024 de 9 febrero. Recurso número 463/2023: declarado procedente el despido disciplinario de una trabajadora tras sufrir una estafa telefónica. El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares declara procedente el despido disciplinario de una trabajadora que desarrollaba sus funciones como dependienta en una reconocida firma de ropa, la cual había sido víctima de una estafa telefónica y que, como consecuencia de ello, había transferido un valor aproximado de once mil euros en criptomonedas. La demandante siguió las instrucciones que recibió vía telefónica del estafador, el cual se identificó como director de marketing de la propia compañía.
La Sala pone de relieve que la trabajadora incumplió la normativa interna de la empresa, de la que era conocedora, así como los continuos correos electrónicos que se habían circulado internamente por la empresa dirigidos a los empleados, alertando precisamente sobre la proliferación de fraudes y estafas telefónicas, justificando la empresa el despido disciplinario en la conducta fraudulenta, desleal y apropiativa de la trabajadora.
Contacto equipo de Laboral de Andersen:
Victoria Caldevilla, Socia en Andersen
Germán Martínez, Socio de Andersen
III.- EL COMENTARIO DEL MES: Apuntes sobre el borrador del desarrollo reglamentario de las medidas para la igualdad de las personas LGTBI
Como publicamos en nuestra Newsletter de marzo, la Ley 4/2023 para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, establecía en su artículo 15 una nueva obligación para las empresas de más de 50 personas trabajadoras, consistente en llevar a cabo “un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, que incluya un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI“.
A pesar de que preveía como plazo para el cumplimiento de esta obligación los 12 meses siguientes a la entrada en vigor de la ley, es decir, hasta el pasado 2 de marzo, el alcance de estas medidas se remitía a un desarrollo reglamentario que no se ha materializado hasta la fecha.
Esta situación genera una clara inseguridad jurídica para las empresas, que se ven obligadas a cumplir con una obligación legal cuyo contenido no ha sido debidamente desarrollado.
No obstante, recientemente se ha hecho público un borrador del Real Decreto que desarrolla el referido artículo 15.
Si bien el reglamento continúa pendiente de su publicación oficial, este borrador permite vislumbrar, de manera preliminar, el alcance de las indicadas medidas.
Así, se configura como un plan específico que, si bien presenta analogías en su estructura con los planes de igualdad, consiste en un acuerdo independiente sujeto a previsiones.
Silvia Vázquez, Counsel en Andersen.
Puede descargar el documento completo aquí.
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