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Los nuevos contratos de alquiler comercial empiezan a asumir un nuevo confinamiento

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Pedro Albarracín recomienda, en un artículo que publica Vozpópuli, incluir cláusulas específicas en los contratos de alquiler para el caso de que se dé un nuevo confinamiento masivo, sobre todo, en aquellos nuevos contratos en los que la actividad desarrollada es muy probable que se vea afectada

Los nuevos contratos de alquileres de negocio empiezan a asumir la posibilidad de que se dé un nuevo confinamiento masivo. Y ello en un contexto marcado por la creciente avalancha de demandas de inquilinos comerciales contra sus actuales caseros acogiéndose a la cláusula rebus sic standibus o de fuerza mayor para forzar una renegociación de las rentas.

Así las cosas, empiezan a extenderse entre los nuevos contratos de alquiler cláusulas que prevén las consecuencias para las partes de nuevas medidas restrictivas por parte del Ejecutivo.

"La recomendación a los clientes está siendo incluir cláusulas de este tipo en todos los nuevos contratos en los que la actividad desarrollada es muy probable que se pueda ver afectada en su normal desarrollo en las próximas semanas o meses, como consecuencia de futuras medidas o restricciones de apertura de los propios negocios (bares, restaurantes, ocio) o por la mera limitación de la libre circulación y movilidad de personas y vehículos (tiendas, estaciones de servicio, etc)", dice Pedro Albarracín, Director en el área de Mercantil del despacho Andersen.

Puede leer el artículo completo en Vozpópuli.

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