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Los autónomos pueden sustituir a los empleados para mantener su actividad

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Alfredo Aspra analiza si se puede denunciar a la empresa por aislar a un trabajador sano en un artículo que publica El Economista

Autónomos y pequeños empresarios se encuentran muy despistados sobre cómo actuar frente al coronavirus, máxime cuando la Guía del Ministerio de Trabajo ha sido descalificada por el propio Gobierno. elEconomista ha consultado con diversos especialistas en Derecho Civil, Concursal y Laboral para saber cuáles son las obligaciones de la empresa en la actualidad y cuáles los riesgos que debe afrontar. 

¿Se puede denunciar a la empresa por aislar a un trabajador sano?

Alfredo Aspra, socio del Departamento Laboral de Andersen Tax & Legal, señala que, asumiendo la premisa de que los síntomas mencionados no guarden relación alguna con el coronavirus y que clínicamente sea así acreditado por el empleado, en principio, la empresa, en contra de la voluntad del trabajador, no parece que pudiera aislarle y, de hacerlo, podría estar incurriendo en la obligación de darle ocupación efectiva, que, si bien, podría ser un indicador más de un eventual comportamiento susceptible de considerarse como mobbing, no sería por sí mismo y en este contexto de la gravedad e intensidad suficiente como para que pudiera ser condenada una compañía.

Así, el acoso laboral moral se define como “todo comportamiento atentatorio a la dignidad de la persona, ejercido de forma reiterada, potencialmente lesivo y no deseado, dirigido contra uno o más trabajadores, en el lugar de trabajo o por consecuencia del mismo”.

Así, resulta bastante improbable que esta decisión empresarial sea considerada por los jueces como un indicador de mobbing. 

Puede ver el artículo completo en El Economista

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