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El TSJCV reconoce el derecho a percibir el complemento de carrera horizontal con carácter retroactivo al personal interino de la Generalitat

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Se trata de una Sentencia pionera para el personal interino de la Conselleria de Sanidad, resultado del trabajo desarrollado por el equipo de derecho administrativo de Andersen y que abre la puerta a que los empleados públicos interinos puedan reclamar el pago de los complementos salariales que no han percibido en los últimos cuatro años

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha reconocido el derecho del personal interino de la Generalitat Valenciana, en concreto, de los farmacéuticos interinos dependientes de la Conselleria de Sanidad, a percibir el complemento retributivo con carácter retroactivo y en las mismas condiciones que los funcionarios de carrera de la administración autonómica.

Esta Sentencia ha sido resultado del trabajo desarrollado por el equipo de derecho administrativo de Andersen que, con el impulso de Colegio Oficial de Farmacéuticos de Valencia, ha logrado esta pionera resolución.

La Sentencia dictada el 3 de febrero es la primera del alto tribunal autonómico que reconoce el derecho a percibir el complemento de carrera horizontal con efecto retroactivo. El Tribunal reconoce que los funcionarios interinos adquirieron este derecho en el mismo momento que lo hicieron los funcionarios de carrera.

El Tribunal confirma que la temporalidad del contrato no justifica la discriminación de los empleados públicos interinos, ya que ocupan los mismos puestos de trabajo que los funcionarios de carrera, desempeñan las mismas funciones y se les exigen los mismos requisitos de formación y experiencia. El Tribunal incorpora la doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que prohíben la discriminación de los funcionarios interinos por el mero hecho de la temporalidad de su contrato.

El Tribunal abre la puerta a que los empleados públicos interinos puedan reclamar el pago de los complementos salariales que no han percibido en los últimos cuatro años y se estima que, en los próximos meses, se sucedan las Sentencias que confirmen esta primera resolución.

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