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¿Conviene registrar la jornada laboral de los directivos?

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Alfredo Aspra analiza el registro laboral de los directivos hasta que la nueva obligación tenga un reglamento en un reportaje que publica el diario Expansión

Los directivos estarían en principio exentos de la obligación de registrar la jornada laboral pero hay excepciones y casos en los que conviene a la empresa incluirlos desde que entre en vigor la nueva obligación el próximo 12 de mayo. De hecho, Alfredo Aspra, socio director de laboral de Andersen Tax & Legal en España, recomienda que se registre la jornada de todos los directivos de entrada, para que la empresa esté cubierta hasta que la norma tenga un desarrollo reglamentario.

De acuerdo con la normativa, estarían exentos los directivos que tienen una relación mercantil, no laboral. También lo estarían los altos directivos con una relación laboral especial de alta dirección, aunque su caso concreto está pendiente de un desarrollo reglamentario. Así, los juristas recomiendan registrar la jornada de estos altos directivos, ya que el Ministerio de Trabajo ya ha advertido de que los colectivos especiales cuya regulación está pendiente de desarrollo reglamentario no van a verse exceptuados de la obligación con la entrada en vigor de la norma.

Puede leer el artículo completo en Expansión.

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