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CBAM: nuevo impuesto verde contra la fuga de carbono

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Mar Guardiola, Directora en el departamento de Fiscal y responsable del área de IVA, Aduanas e Impuestos Especiales de Andersen, analiza en El Confidencial el Mecanismo de Ajuste en Frontera del Carbono que entrará en vigor el 1 de octubre de 2023 en su fase transitoria

El ámbito de la fiscalidad medioambiental abarca los impuestos sobre la energía, el transporte, la contaminación y los recursos.

Las iniciativas fiscales medioambientales tanto a nivel de la Unión Europea como de los Estados miembros sirven como refuerzo para alcanzar los objetivos medioambientales de la UE fomentando una transición hacia una energía más limpia, una industria más sostenible y hábitos más ecológicos, mitigando el desperdicio de recursos y el daño al medio ambiente.

Los impuestos verdes ayudan a fijar un precio al coste social, con el propósito de alterar la toma de decisiones e incentivar los cambios de comportamiento de las empresas y los ciudadanos. Así, siguiendo el principio de que "quien contamina, paga", el impacto de la fiscalidad medioambiental debería ser mayor para aquellos que más consumen. En este contexto, el Mecanismo de Ajuste en Frontera del Carbono (CBAM por sus siglas en inglés) es la medida estrella de la UE para poner un precio al carbono emitido durante la producción de bienes intensivos en carbono que se importan en Europa.

¿Qué es el CBAM y con qué propósito se crea?

Si bien los objetivos de la UE en materia de lucha contra el cambio climático son muy ambiciosos, mientras existan políticas medioambientales menos estrictas en países más allá de nuestras fronteras, se plantea un gran riesgo de "fuga de carbono", es decir, de que las empresas europeas puedan trasladar al extranjero la producción intensiva en carbono para aprovechar normas más laxas, o de que los productos de la UE puedan sustituirse por otros importados, más intensivos en carbono. Esta fuga de carbono puede desplazar las emisiones fuera de Europa y, por tanto, minar los esfuerzos de la UE en materia de clima.

El CBAM se concibe como un mecanismo similar a un arancel que pretende igualar el precio del carbono de los productos europeos y el de los importados y garantizar que los objetivos climáticos de la UE no se vean contrarrestados por el traslado de la producción a países con estándares medioambientales más bajos.

¿Cuándo entrará en vigor el CBAM?

El 13 de diciembre de 2022, el Consejo y el Parlamento Europeo alcanzaron un acuerdo político sobre la aplicación del nuevo CBAM. Como resultado de este acuerdo, la UE ha decidido extender el alcance del CBAM.

Período transitorio y sistema definitivo

Durante el período transitorio, los importadores solo tendrán que declarar las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) incorporadas en los bienes que importan (emisiones directas e indirectas), sin realizar ningún pago o ajuste financiero. El acuerdo prevé que las emisiones indirectas queden incluidas en el ámbito de aplicación después del período transitorio para algunos sectores (cemento y fertilizantes), sobre la base de una metodología pendiente de definir. El propósito de este período de transición es servir como fase piloto para todos los intervinientes, incluidos los importadores, productores y autoridades, y recopilar información útil sobre las emisiones incorporadas para ajustar la metodología definitiva.

Una vez que el sistema definitivo entre en vigor el 1 de enero de 2026, los importadores deberán declarar cada año la cantidad de bienes importados en la UE en el año anterior y sus GEI incorporados. Al mismo tiempo, tendrán que entregar los certificados CBAM previamente adquiridos a las autoridades.

El precio de los certificados se calculará en función del precio medio semanal de subasta de los derechos de emisión del RCDE UE expresado en euros por tonelada de CO2 emitido. La eliminación progresiva de la asignación gratuita en el marco del RCDE UE se llevará a cabo en paralelo con la introducción progresiva del CBAM en el período 2026-2034.

¿Qué podemos esperar?

Es probable que durante el periodo transitorio se revise el alcance de los productos sujetos al CBAM para evaluar la viabilidad de incluir otros bienes como los polímeros o los productos químicos orgánicos, con el objetivo de llegar a todos los productos cubiertos por el RCDE UE en 2030.

El CBAM afectará principalmente a los importadores de la UE a través de nuevas cargas administrativas y costes relacionados con las emisiones incorporadas en los productos importados. El mercado de la Unión también se verá afectado, dado que la implementación de este mecanismo hará que las importaciones sean más costosas debido a los ajustes financieros, nivelando el campo de juego para los productores de la UE sujetos al RCDE UE. Los flujos logísticos más impactados tendrán su origen en Rusia, Ucrania, Turquía, China, Estados Unidos y Reino Unido.

Si pretenden salir airosos, los importadores afectados deberán comenzar ya a prepararse para el período transitorio, dado que a partir de octubre tendrán que cumplir nuevas obligaciones de reporte. Por otro lado, se presentan retos de cara al cálculo fiable de las emisiones incorporadas y al acceso a la información sobre si el precio del carbono se ha pagado en terceros países. Y no olvidemos que los incumplimientos en materia de reporte CBAM son sancionables. Si bien las multas aún no están especificadas, serán "efectivas, proporcionadas y disuasorias".

Puede leer el artículo en El Confidencial.

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