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Andersen asesora a Martinsa-Fadesa en el proceso de anulación del convenio urbanístico que obligaba a la constructora a pagar los gastos de mantenimiento de La Montaña

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Javier Lacleta, Socio de Inmobiliario, junto con Elena Guitián, Asociada en la misma área, han sido los encargados de asesorar en la operación

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8 de Madrid ha absuelto a Martinsa-Fadesa del pago de 15.448.656 euros al Ayuntamiento de Aranjuez por los gastos de mantenimiento e impuestos de la urbanización La Montaña ubicada en el municipio desde 2010 hasta 2021. El juez considera nulo el decreto de 2 de agosto de 2021 del ayuntamiento por el que se reclamaba este montante a la malograda constructora.

El fallo, del pasado 9 de enero, concluye que el convenio de prestación de servicios urbanísticos que firmó el consistorio con Martinsa-Fadesa adolecía de varias irregularidades invalidantes (por ejemplo, aprobarlo con urgencia) y, por tanto, que era nulo. “El supuesto convenio, denominado convenio urbanístico, no incluye obligaciones propiamente urbanísticas, sino obligaciones que efectivamente incumben al Ayuntamiento y no se entiende, ni se explica, ni se aclara cuál es la causa del mismo”, afirma el juez en la resolución.

El departamento de Real Estate de Andersen, con Javier Lacleta a la cabeza junto con la abogada asociada Elena Guitián, ha conseguido este triunfo en los tribunales para la constructora en liquidación. “La Administración demandada reclamaba inválidamente dichos costes en base a un convenio de prestación de servicios del año 2005 firmado entre Martinsa-Fadesa antes de entrar en concurso de acreedores y el Ayuntamiento de Aranjuez”, explican.

El juzgado madrileño ha admitido íntegramente el recurso interpuesto por Andersen en nombre de Martinsa-Fadesa contra un “decreto dictado por el Ayuntamiento de Aranjuez en el que reclamaban a nuestro cliente como crédito contra la masa la suma de 15.448.656,87 euros”, explica Lacleta. Dicha cantidad era la factura que el consistorio había girado por “supuestos gastos de mantenimiento y suministro de los servicios básicos, así como los costes de IBIS, energía, agua, línea de autobús, entre otros, incurridos por dicha Administración en el sector La Montaña”.

El reciente fallo anula dicho decreto por considerarlo “no adecuado a derecho en cuanto dictado al amparo de un convenio que se ha revelado sin causa y nulo de pleno derecho”, según reza la resolución contra la que aún cabe recurso.

En opinión de Lacleta, “la sentencia es, además, novedosa al invalidar la actuación que ha llevado a cabo esta Administración en relación con las obras de urbanización del Sector La Montaña”. En efecto, explica el abogado, “el juez de lo contencioso-Administrativo considera que es insostenible que el Ayuntamiento de Aranjuez argumente que dichas obras continúan sin terminar, por no estar expresamente recepcionadas, y al mismo tiempo, cobre a los vecinos que residen en dicho ámbito el IBI cada año, e incluso pretenda que la concursada abone sine die todos los gastos relativos a la urbanización”.

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