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Se amplía el plazo para estrenar a través de proveedores de servicios de comunicación audiovisual o plataformas

| Publicaciones | Cultura, Deporte y Entretenimiento

La Orden CUD/807/2020, de 27 de agosto, ha determinado la ampliación del plazo establecido para considerar estreno comercial de una película cinematográfica el realizado a través de determinados servicios de comunicación audiovisual o de catálogos de programas

Como consecuencia de la situación sanitaria, y dado que persisten las restricciones en los aforos de las salas, el Ministerio de Cultura y Deporte ha aprobado la ampliación del plazo hasta el 31 de enero de 2021 para que las películas cinematográficas puedan estrenar a través de proveedores de servicios de comunicación audiovisual o plataformas, equiparándose al estreno en salas comerciales.

De este modo, y conforme a lo establecido en la Orden CUD/807/2020 se amplía el plazo establecido en el artículo 10.1 del Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, previsto en un inicio hasta el 31 de agosto de 2020, se le concede al productor un respiro que le permitiría ajustar el presupuesto de copias y publicidad, ya que dada las restricciones de aforo y la inseguridad que existe por parte del espectador para asistir al cine, tendrían un dudoso retorno económico para éste.

Puede descargar el documento completo desde aquí.

Esperamos que la información sea útil y de su interés. Para más información pueden contactar con:

Patricia Motilla  | Socio del Departamento de Cultura, Deporte y Entretenimiento

patricia.motilla@es.andersen.com

Almudena Santaeufemia | Asociado Sénior del Departamento de Cultura, Deporte y Entretenimiento

almudena.santaeufemia@es.andersen.com

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