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Publicadas las enmiendas al Proyecto de Ley del Impuesto sobre las Transacciones Financieras

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El pasado 13 de mayo se publicaron en el Boletín Oficial de las Cortes Generales las enmiendas al Proyecto de Ley del Impuesto sobre las Transacciones Financieras (“ITF”) que serán objeto de un nuevo Pleno de debate y votación para proseguir su tramitación.

Los grupos parlamentarios de VOX, Ciudadanos y Popular han remitido enmiendas de devolución a la totalidad del Proyecto de Ley.

Con respecto a las enmiendas al articulado del Proyecto de Ley realizadas por los distintos grupos parlamentarios, además de mejoras técnicas, hay que destacar la proposición de nuevos supuestos de exención para las siguientes adquisiciones de acciones, que comentamos resumidamente:

  1. Operaciones de adquisición de acciones propias realizadas por el emisor o por cualquier otra entidad del mismo grupo (autocartera).
  2. Adquisiciones derivadas de la ejecución de sistemas de retribución al accionista mediante la entrega de acciones liberadas (sistemas de scrip dividends).
  3. Adquisiciones derivadas de la entrega de acciones de una sociedad a sus trabajadores, o a otra entidad del grupo, realizadas en el seno de planes de retribución a los empleados.
  4. Adquisiciones realizadas por los instrumentos de previsión social; Fondos de pensiones, Mutualidades de previsión social, así como entidades aseguradoras en el ámbito de los planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y seguros colectivos que instrumentan compromisos por pensiones.
  5. Adquisiciones realizadas por las Instituciones de Inversión Colectiva socialmente responsables a las que se refiere el Reglamento europeo sobre divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de servicios financieros.
  6. Adquisiciones efectuadas en el contexto de la conversión o canje de obligaciones o bonos en acciones.

Por otra parte, se propone la unificación del devengo del Impuesto al momento en que se ejecute la operación y se produzca la anotación registral de los valores a favor al adquirente. De esta manera, se pretende dar un tratamiento igualitario a los sujetos pasivos del impuesto y simplificar las obligaciones impuestas a los sustitutos del contribuyente.

Asimismo, teniendo en cuenta las quejas recibidas por los operadores en relación con la insuficiencia del plazo de entrada en vigor establecido para la adaptación de los procesos internos a la exacción del tributo, algunos grupos parlamentarios proponen ampliar la entrada en vigor de tres a nueve meses. Hay que señalar que, en el caso concreto del Grupo Parlamentario Popular, se propone la entrada en vigor del ITF una vez se haya aprobado el ITF a nivel europeo.

Puede descargar el documento completo aquí

Para más información, puede contactar con:

Miguel Blasco | Socio del área de Derecho Fiscal

miguel.blasco@AndersenTaxLegal.es

 

Rajae Hakim | Asociado del área de Derecho Fiscal

rajae.hakim@AndersenTaxLegal.es

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