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Novedades Legislativas en materia legal - Septiembre 2018

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Análisis de las novedades legislativas en materia legal aprobadas en septiembre de 2018

1.Normativa española
1.1 Real Decreto-ley 11/2018, de 31 de agosto
, de transposición de directivas en materia de protección de los compromisos por pensiones con los trabajadores, prevención del blanqueo de capitales y requisitos de entrada y residencia de nacionales de países terceros y por el que se modifica la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ver más.

La norma incorpora al Derecho Español la Directiva (UE) 2015/849 relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo y por la que se modifica el Reglamento (UE) 648/2012 y se derogan la Directiva 2005/60/CE y la Directiva 2006/70/CE
Más concretamente, en materia de prevención del blanqueo de capitales introduce la obligación de aplicar medidas de diligencia debida reforzadas respecto de aquellos países que se relacionen en la lista que al efecto elabora la Comisión Europea de conformidad con el artículo 9 de la Directiva 2015/849.

Se introduce una nueva regulación al régimen aplicable a las personas con responsabilidad pública, que se endurece en relación con las personas con responsabilidad pública domésticas. 

Como otras medidas destacan, la reducción del umbral en el que los comerciantes de bienes que utilizan el efectivo como medio de pago, están obligados a cumplir con las obligaciones de prevención del blanqueo de capitales, que bajan de 15.000 a 10.000 euros. Adapta los límites sancionadores a los umbrales máximos establecidos por la normativa de la UE, incorporando además nuevas normas en materia de publicidad y nuevos tipos infractores. Finalmente, establece un sistema de comunicación o denuncia de infracciones que tenga naturaleza confidencial y, crea la obligación de registro de prestadores de servicios a sociedades y fideicomisos.

Finalmente, se introduce una modificación en la Disposición Adicional Única de la Ley. En concreto, a partir del 4 de septiembre se introduce la obligación para las personas físicas (abogados entre otros profesionales) o jurídicas que de forma profesional o empresarial presten servicios a sociedades de darse de alta en el Registro de prestadores de servicios a sociedades y fideicomisos que se crea dentro del Registro Mercantil.

Así pues, los que de forma empresarial o profesional presten servicios de asesoramiento a sociedades deberán darse de alta en el Registro Mercantil de su domicilio para evitar ser sancionados a con multas que pueden superar en algunos casos los 6.000 euros. Dicha inscripción deberá realizarse mediante un formulario telemático que será elaborado por el Ministerio de Justicia y, deberá presentarse en el primer trimestre de cada año.

1.2 Resolución de 6 de septiembre de 2018, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 5/2018, de 27 de julio, de medidas urgentes para la adaptación del Derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia de protección de datos. Ver más.
 
1.3 Real Decreto 1179/2018, de 21 de septiembre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas. Ver más.
 
1.4 Real Decreto-ley 14/2018, de 28 de septiembre, por el que se modifica el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores (“LMV”), aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre. Ver más.

La reforma modifica el título preliminar de la LMV, que contiene las disposiciones generales y delimita las entidades que quedan excluidas del ámbito de aplicación del texto refundido de la LMV en relación con el contenido que se corresponde con la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014.

Se modifica el capítulo V del título IV y se añade una nueva redacción de los artículos 85 a 89. Se recoge la posibilidad de que la CNMV pueda imponer límites al volumen de una posición neta que se pueda mantener en determinados derivados, así como las obligaciones de difusión y comunicación de posiciones en determinados derivados por parte de los centros de negociación.

Asimismo, destaca como novedad que el establecimiento de sucursales de empresas de servicios y actividades de inversión autorizadas en otros Estados miembros no requiere autorización previa de la CNMV sino simplemente comunicación previa.

En el ámbito de la actuación transfronteriza, se ordena lo relativo al establecimiento de sucursales y la libre prestación de servicios, distinguiendo su regulación en el ámbito de la UE y en el ámbito de terceros países (artículos 164 a 173).

Se introduce un nuevo título V bis, que regula los servicios de suministro de datos, detallando los elementos fundamentales del procedimiento de autorización al que deben someterse los proveedores de dichos servicios así como los requisitos de organización interna que deben cumplir.

También es objeto de modificación el título VII, reforzando las obligaciones de diligencia y transparencia y las relativas a la gestión de conflictos de intereses, donde destacan las nuevas prescripciones sobre la vigilancia y control de productos financieros, por los que las empresas de servicios de inversión que diseñen instrumentos financieros para su venta a clientes, deberán asegurarse una calidad mínima de los mismo y una adecuación al segmento del mercado al que se dirijan.

Se pasa a especificar el contenido de la información que las empresas de servicios de inversión deben proporcionar a sus clientes antes de la prestación del servicio, especialmente en relación con el tipo de asesoramiento que se ofrece y, sobre los instrumentos financieros y estrategias de inversiones propuestas y los costes y gastos asociados al servicio de inversión. Se prevé la existencia de un formato normalizado que contenga toda esta información.

Una vez prestado el servicio la empresa de servicio de inversión deberá proporcionar también la información sobre los costes de las operaciones y servicios realizados, considerando el tipo y complejidad de los instrumentos financieros y la naturaleza del servicio.

Se introducen dos novedades en lo que respecta a la gestión y ejecución de las ordenes de clientes, por una lado la prohibición de que la empresa de servicio de inversión perciba remuneración, descuento o beneficio no monetario alguno por dirigir órdenes a un determinado centro de negociación o de ejecución; por otro lado la obligación de publicar anualmente los 5 principales centros de ejecución de órdenes con los que trabajen, con información de la calidad de ejecución.

Se introducen algunas modificaciones respecto de las facultades de supervisión que tiene la CNMV, y se incorporan nuevas facultades como la de requerir o solicitar información sobre el volumen de una posición, de limitar la capacidad de cualquier persona de suscribir un contrato de derivados sobre materias primas, o de suspender la comercialización o venta de determinados instrumentos financieros.

Se introducen modificaciones en el capítulo II Título VIII relativo a la cooperación con otras autoridades, incorporando la obligación de la CNMV de notificar a la Autoridad Europea de Valores y Mercados EVM cualquier exigencia de limitación de posiciones y cualquier límite a la capacidad de las personas de contratar un instrumento financiero.

Se establecen 4 excepciones a la obligación de guardar secreto profesional por parte de la CNMV, en concreto respecto del siguiente tipo de información:

  •  La información sobre derechos de emisión;
  • La información relativa a derivados sobre materias primas agrícolas;
  • La información que facilite la CNVM a otras autoridades competentes de la UE; y
  • La información que la CNMV intercambie con otras autoridades competentes de Estados no miembros de la UE.

Finalmente, se añaden 2 nuevos capítulos en el título X relativos a la comunicación de infracciones y a la publicidad de las mismas.

1.5 Real Decreto-ley 13/2018, de 28 de septiembre, por el que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de arrendamiento de vehículos con conductor. Ver más.

2. Disposiciones europeas

2.1 Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1212 de la Comisión, de 3 de septiembre de 2018, por el que se establecen requisitos mínimos de ejecución de las disposiciones de la Directiva 2007/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo a la identificación de los accionistas, la transmisión de información y la facilitación del ejercicio de los derechos de los accionistas. Ver más.

2.2 Reglamento Delegado (UE) 2018/1221 de la Comisión, de 1 de junio de 2018, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2015/35 en relación con el cálculo del capital reglamentario obligatorio para las titulizaciones y las titulizaciones simples, transparentes y normalizadas mantenidas por las empresas de seguros y reaseguros. Ver más.

2.3 Reglamento Delegado (UE) 2018/1229 de la Comisión, de 25 de mayo de 2018, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a la disciplina de liquidación. Ver más.

2.4 Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1243 de la Comisión, de 13 de septiembre de 2018, relativo a la clasificación de determinadas mercancías en la nomenclatura combinada. Ver más.

2.5 Corrección de errores del Reglamento (UE) nº 599/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, que modifica el Reglamento (CE) nº 428/2009 del Consejo por el que se establece un régimen comunitario de control de las exportaciones, la transferencia, el corretaje y el tránsito de productos de doble uso. Ver más.

2.6 Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1263 de la Comisión, de 20 de septiembre de 2018, por el que se establecen los formularios para la presentación de información por parte de los prestadores de servicios de paquetería, de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/644 del Parlamento Europeo y del Consejo. Ver más.

2.7 Reglamento Delegado (UE) 2018/1291 de la Comisión, de 16 de mayo de 2018, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) nº 1042/2014 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 514/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que se refiere a la designación y a las responsabilidades en materia de gestión y control de las autoridades responsables y al estatuto y a las obligaciones de las autoridades de auditoría. Ver más.

2.8 Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1295 de la Comisión, de 26 de septiembre de 2018, por el que se aprueba el aceite de cebolla como sustancia básica con arreglo al Reglamento (CE) nº 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios, y se modifica el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) nº 540/2011 de la Comisión. Ver más.

3. Resoluciones administrativas

3.1 Resolución de 25 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica la tarifa de último recurso de gas natural. Ver más.

4. Resoluciones judiciales

4.1 TRIBUNAL SUPREMO: Sentencia del Supremo de 11 de septiembre de 2018.

Resumen: Seguro de responsabilidad civil (acción directa artículos 73 a 76 Ley del Contrato de Seguro). Análisis de las excepciones oponibles al perjudicado por parte del asegurador de la responsabilidad civil. Se declara que la acción directa es inmune a las excepciones personales que el asegurador puede oponer frente al asegurado, pero se pueden oponer las denominadas “excepciones impropias” que se definen como “aquellos hechos impeditivos objetivos, que deriven de la ley o de la voluntad de las partes”, es decir, “aquellas condiciones establecidas en el contrato y relativas a su contenido, que el asegurador podría haber opuesto frente a su asegurado en el caso de que éste fuera quien hubiese reclamado”. Ver más.

5. Dirección General de los Registros y del Notariado

5.1 CLÁUSULA ESTATUTARIA. Constitución de derechos reales sobre participaciones

Resolución de fecha 30 de julio de 2018. Se entra a analizar si es o no inscribible una cláusula estatutaria de una sociedad limitada en la que se dispone lo siguiente: «Los socios no podrán constituir derechos reales sobre sus participaciones sociales, ni utilizarlas de otro modo como garantía o para cualquier otro objeto que pudiera dar como resultado una transmisión de dichas participaciones. No se inscribirán derechos reales sobre las participaciones sociales en el libro registro de socios. La constitución de opciones sobre participaciones sociales será libre, sin perjuicio de las reglas aplicables a la transmisión».

Resumen: Es inscribible la cláusula estatutaria que excluye la posibilidad de constitución de tales derechos reales sobre las participaciones, siempre que el socio pueda transmitir sus participaciones (con las limitaciones estatutarias o legales aplicables) pues el socio no queda «prisionero» de la sociedad. Ver más.

6. Otras disposiciones

6.1 Orden ICT/862/2018, de 1 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Nacionales de Comercio Interior. Ver más.

 

Para más información, puede contactar con:

Ignacio Aparicio

ignacio.aparicio@AndersenTaxLegal.es

Isabel Antón

isabel.anton@AndersenTaxLegal.es

Puede descargar la publicación en PDF.

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