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La empresa no puede eliminar el cheque comida por teletrabajo

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Alfredo Aspra analiza en El Economista la sentencia que determina que las decisiones unilaterales basadas en el Covid no deben afectar al convenio

La empresa no puede modificar unilateralmente el horario de trabajo de sus empleados y suprimir los tickets restaurante que venían percibiendo, como consecuencia de la práctica del teletrabajo como consecuencia de la pandemia del Covid-19.

Alfredo Aspra explica que “el presente supuesto ha de servir para reforzar, más si cabe, la necesidad de proceder a un estudio pormenorizado de la normativa convencional con carácter previo a la adopción de cualquier decisión empresarial que pueda afectar a medidas de flexibilidad interna”.

El teletrabajo y los tickets de comida son condiciones reguladas por el convenio colectivo de aplicación, por lo que la empresa no tenía potestad para modificar unilateralmente la norma.

Puede leer el artículo completo en El Economista.

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