Noticias

Comienza el contenido principal

La clasificación de los acreedores enreda las reestructuraciones de empresas

| Noticias | Derecho Bancario y Financiero

Guillermo Yuste explica en El Confidencial en qué consiste la formación de clases y las dificultades que puede ocasionar al iniciar negociaciones para reestructurar deuda

Las primeras reestructuraciones bajo el nuevo marco concursal ya se encuentran con su primer escollo, la clasificación de los acreedores. Este primer paso es fundamental a la hora de negociar cualquier ajuste sobre la deuda de una empresa que está en manos de bancos, fondos y otros acreedores, asegurando así la refinanciación y la viabilidad de una compañía sin llegar al concurso. Pero no está siendo un paso fácil. La Ley Concursal entró en vigor hace menos de un mes, el 26 de septiembre , fruto de la transposición de una directiva europea que busca crear un marco de reestructuraciones y concursos similar al modelo anglosajón. Al menos, avanzando hacia esa dirección, lo que implica dar más poder de negociación a los acreedores y dificultar los vetos de accionistas o de algunos tenedores de deuda que impiden el saneamiento de las empresas, alargando la agonía con empresas zombi (sobreviven sin viabilidad financiera a medio plazo) o abocándose a concursos que, además, son lentos y en los que es difícil salvar unidades productivas y, por lo tanto, empleo.

"La formación de clases tiene visos de ser un foco de problemas ", coincide Guillermo Yuste, socio de Andersen . "En la formación de clases hay bastantes elementos abiertos que pueden causar que la formación sea discutible. ¿Cuándo hay razones suficientes que justifiquen una clase (aparte de las señaladas por la ley)?, ¿cuándo se entiende que hay una heterogeneidad suficiente para que los créditos garantizados con garantía real puedan conformar más clases?, ¿qué conflicto de interés justifica la división en clases distintas?, ¿qué efectos sobre los créditos justifican una clase separada ?, ¿qué otros intereses comunes aparte del pertenecer a un mismo rango -si es que esta posibilidad realmente existepueden justificar clases independientes?", enumera Yuste. Los propios acreedores son los que se agrupan en clases , con lo que puede haber manipulaciones o clasificaciones interesadas, especialmente cuando haya algunos que quieren arrinconar a otros. Por ejemplo, bancos tratando de reducir el derecho de cobro de fondos.

Puede leer el artículo completo en El Confidencial.

Fin del contenido principal