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En dos meses estará vigente la Ley de control de pasajeros para la lucha contra el terrorismo y el crimen organizado

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Vicente Moret explica en Confilegal que esta normativa ayudará a la seguridad nacional ya que la información va a estar muy controlada y tendrá mucha trazabilidad

El Senado aprobó la pasada semana el proyecto de Ley Orgánica sobre la utilización de los datos del Registro de Nombres de Pasajeros para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de delitos de terrorismo y delitos graves. 

Vicente Moret, “Of Counsel” de Andersen y letrado en Cortes Generales, reconoce que España transpone con retraso la Directiva que impulsa el registro de pasajeros (PNR) “éramos el único país que no habíamos hecho nada al respecto, sobre todo por la inestabilidad de nuestra situación política hasta hace algunos meses”.

Para este experto, vinculado al Ministerio del Interior hace algunos años, “nuestro país fue pionero en Europa, durante los años ochenta y noventa, en el control de pasajeros, sobre todo a nivel de tecnología y capacidades para hacer seguimiento a esos movimientos de pasajeros. La Unión Europea ha seguido nuestras teorías de que los movimientos de pasajeros vía aérea es una fuente de información importante para combatir el crimen”.

Moret nos explica que “formalizamos la transposición de la citada directiva por una Ley Orgánica que ha tardado dos años en aprobarse. Creo que la utilidad de la normativa está clara y ayudará mucho a la seguridad nacional. Al igual que las personas viajamos, el crimen también viaja, por desgracia”.

A juicio de este jurista, “este proyecto de ley, ahora ya convertido en norma, está plagado de garantías de privacidad, por ejemplo, se designa un delegado de Protección de Datos (dPO) específico que controlará la aplicación desde una Unidad especial que ya está operativa. Hablamos de una Unidad de élite dentro de la seguridad del Estado, por su cualificación. La información va a estar muy controlada y tendrá mucha trazabilidad”.

En cuanto a la conservación de los datos “estarán cinco años en manos de la Administración, aunque hay un periodo de anonimización de la información, eso redunda en que convierte a esta iniciativa en un proyecto normativo muy garantista. El acceso a la información está muy restringido y solo la puede pedir guardia civil, policía, CNI, fiscalía y la vigilancia aduanera que también tiene competencia judicial”.

El uso de esta información está limitado a la investigación de delitos graves y su puesta en marcha desde un punto de vista práctico no debería generar excesivos problemas, en un país como el nuestro que ya sabe lo que es combatir al terrorismo, a todos los niveles “se trata de cercar al terrorismo, tráfico de drogas o personas, no se puede utilizar para cualquier investigación policial, su uso está muy limitado”.

En la web de la UE se pueden ver las medidas que los países miembros han implementado en materia de seguridad. “El terrorismo yihadista ha creado el concepto de seguridad global donde es fundamental ofrecer una respuesta contundente y homogénea a esta lacra. En esa página vemos como países con la República Checa ha implementado cerca de cuarenta medidas en su lucha contra el terrorismo internacional y desarrollo de la directiva”.

Esta acción de la Administración deja claro que “la regulación de la ley crear su propio delegado de Protección de Datos (dPO), hay un artículo dedicado a la AEPD donde se señala su competencia para poder llevar a cabo las labores encomendadas a nivel de privacidad y otras que les sea encomendadas desde la citada Unidad de control de dicho PNR”, comenta.

Puede leer el artículo completo en Confilegal.

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