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El Sandbox regulatorio aterriza en España

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Miguel Prado explica en un artículo que publica la revista Actualidad Jurídica Aranzadi de Thomson Reuters - España que este «espacio controlado de pruebas» supondrá un gran avance para el ecosistema fintech en España en términos de atracción de inversión y talento

El pasado 13 de noviembre de 2020 fue aprobada la tan esperada Ley 7/2020, para la transformación digital del sistema financiero (en adelante «Ley Sandbox»), mediante la cual se crea en España un espacio regulado y monitorizado de pruebas (conocido como «Sandbox») que servirá para que diferentes promotores (en su mayoría fintechs) puedan presentar y probar sus proyectos innovadores de forma segura y bajo la supervisión y control del regulador.

Este «espacio controlado de pruebas» (tal y como lo define la norma) supondrá un gran avance para el ecosistema fintech en España en términos de atracción de inversión y talento.

Asimismo, el legislador ha diseñado un Sandbox que pueda aportar valor y beneficios a los distintos participantes que formarán parte del mismo, en particular:

a) Promotores (fintech y otras entidades): los promotores podrán utilizar el Sandbox como «mecanismo de ajuste» para los productos/proyectos pilotos que pretendan lanzar al mercado. Será, asimismo, una vía para evaluar la viabilidad del propio proyecto previo a la obtención formal de correspondiente licencia (evitando, en consecuencia, gastos y costes innecesarios exigidos durante la obtención de la misma).

b) Reguladores: el Sandbox supondrá una gran oportunidad para los diferentes reguladores (i.e. Banco de España, Comisión Nacional del Mercado de Valores y Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones) a la hora analizar y profundizar en diferentes modelos de negocios disruptivos y complejos (nuevas aplicaciones, procesos, productos o modelos de negocio con incidencia sobre los mercados financieros). De esta forma, podrán analizar con cierto «margen de error» las posibles contingencias o dificultades que pudieran surgir a la hora de que un producto pueda o no adaptarse a la regulación actual.

c) Consumidores finales: en última instancia, se trata de crear un espacio diseñado para crear condiciones seguras en las que puedan probarse innovaciones tecnológicas con las máximas garantías para los consumidores y usuarios (sólo se considerarán viables aquellos proyectos que puedan asegurar en todo momento la protección del consumidor final). En consecuencia, el Sandbox supondrá un reforzamiento en lo que a protección del consumidor se refiere.

¿Quién puede acceder al Sandbox?

Con el fin de crear un filtro razonable para el Sandbox, el legislador ha establecido una serie de criterios mínimos que todo promotor deberá cumplir, en particular:

– Innovación tecnológica y disrupción: para que un proyecto piloto pueda acceder al Sandbox tendrá que ser, ante todo, innovador. Es decir, el promotor tendrá que justificar y argumentar, por un lado, que su modelo de negocio conlleve un factor de innovación tecnológica claro dentro del sector financiero (ya sea a través de nuevas aplicaciones, procesos o productos) y, por otro lado, que se trate de un modelo disruptivo y/o novedoso, teniendo, en ocasiones, que argumentar para su aceptación la ausencia de otros modelos similares en el mercado, ya sea por empresas de su Grupo o competidoras.

– Funcionalidad mínima: asimismo, será muy relevante demostrar que el proyecto cuenta con cierta funcionalidad y grado de avance mínimo para poder justificar su futura viabilidad. En este sentido, el regulador está valorando favorablemente la aportación en el contexto de la solicitud, información adicional (opcional) como son estudios de mercado, presentaciones corporativas, documentación comercial, etc., que pueda justificar la viabilidad del proyecto en el medio / largo plazo.

– Aportar un valor añadido: además de ser innovador, el proyecto piloto en cuestión deberá aportar una utilidad y/o valor añadido real al sector financiero, en particular (i) facilitar el cumplimiento normativo mediante la mejora de procesos; (ii) proporcionar mecanismos para la mejora de la regulación o el mejor ejercicio de la supervisión financiera; (iii) mejorar la calidad, las condiciones de acceso y disponibilidad de los servicios financieros a favor de los usuarios; (iv) aumentar la eficiencia para las entidades y los mercados.

Primera convocatoria del acceso al espacio controlado de pruebas

El pasado 15 de diciembre de 2020, la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, emitió una Resolución mediante la cual se convocaba la primera cohorte o «ventana» de acceso al Sandbox. Dicha convocatoria se desarrolló entre los días 13 de enero y 23 de febrero y a la cual se han presentado un total de 67 proyectos. Esto supone una cifra elevada que sitúa al número de solicitudes recibidas en el Sandbox español, al nivel de otros sandboxes punteros en el mundo, lo que pone de manifiesto el interés de las empresas en apostar por el impulso de la innovación en el sector financiero.

En cuanto a los modelos de negocio presentados, cabe destacar proyectos basados en biometría e identidad digital, prestación de servicios financieros vinculados a tecnología blockchain, computación en la nube, inteligencia artificial, Internet de las Cosas o Big Data. Muchos de los proyectos presentados centran su valor añadido en facilitar el cumplimiento normativo mediante la creación de herramientas que logren automatizar procesos.

Se prevé que cierto número de los proyectos presentados al Sandbox en esta primera cohorte finalmente no accedan al espacio controlado de pruebas por no cumplir con alguno de los requisitos referidos anteriormente.

La Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional hará público a finales de abril los proyectos seleccionados para acceder al Sandbox, y todos los que hayan recibido una calificación desfavorable, recibirán una resolución motivada.

Otras cuestiones pendientes de resolver

Sin perjuicio del éxito generado, existen no obstante una serie de cuestiones que están generando cierta preocupación o controversias en el sector, como son, entre otras (i) la inexistencia de un criterio homogéneo de evaluación de los proyectos propuestos por parte de los diferentes reguladores; (ii) la aparente insuficiencia de medios humanos por parte de los reguladores para gestionar y tramitar de forma eficaz cada una de las solicitudes / proyectos; (iii) la amplitud respecto del alcance del Sandbox, sin haber acotado la naturaleza de ciertos proyectos desvinculados con la regulación.

Con el objetivo de realizar dos convocatorias anuales, se tiene previsto que en el mes de junio se publique la segunda convocatoria de acceso al Sandbox…veremos cómo evoluciona todo lo anterior. 

Puede ver el artículo en Actualidad Jurídica Aranzadi.

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