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El Constitucional rechaza que los abogados sean “esclavos de Internet”

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Alfredo Aspra explica en El Economista que el Tribunal Constitucional no aprecia que el artículo 162.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, al otorgar plena eficacia a la notificación si en el plazo de tres días su destinatario no ha accedido a su contenido, lesione el derecho al descanso de estos trabajadores

El Tribual Constitucional rechaza que la obligación de que los abogados y procuradores estén pendientes cada tres días de las notificaciones que puedan recibir a través del sistema Lexnet vulnere su derecho al descanso y las vacaciones (reconocido en el artículo 40.2 de la Constitución Española) y niega que los convierta en “esclavos de Internet”.

“Este auto es muy importante, porque sienta la doctrina de que el TC no aprecia que el artículo 162.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), al otorgar plena eficacia a la notificación si en el plazo de tres días su destinatario no ha accedido a su contenido, lesione del derecho al descanso de estos trabajadores”, explica Alfredo Aspra, socio responsable del Área Laboral de Andersen.

Como razón auxiliar, explica Alfredo Aspra, el Tribunal de Garantías estima que la normativa que regula las notificaciones electrónicas flexibiliza la utilización del buzón de Lexnet, previendo un mecanismo de sustituciones entre compañeros que permite que el titular de un buzón pueda vincular a otros usuarios como autorizados para que en su nombre puedan actuar.

Puede leer el artículo completo en El Economista.

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