En una operación mercantil, es frecuente que el vendedor proporcione una serie de declaraciones y garantías sobre diversos aspectos de la empresa, como su situación financiera, activos, pasivos, contratos, litigios pendientes y cumplimiento normativo. Estas afirmaciones son esenciales para construir confianza entre las partes, pero también introducen riesgos potenciales si resultan ser inexactas en la medida en que el vendedor deberá responder frente al comprador por los potenciales daños que dicha inexactitud le ocasione.
El seguro de manifestaciones y garantías es un mecanismo utilizado de manera complementaria donde se cubre la posible responsabilidad derivada del incumplimiento por parte del vendedor de dichas afirmaciones. En las operaciones mercantiles suele ser cada vez más habitual la inclusión de este seguro, generalmente contratado por el comprador con el fin de cubrir los riesgos que para él se puedan derivar del incumplimiento de las manifestaciones y garantías. El importe de la prima de estos seguros suele oscilar entre el 1% y el 1,5% de la responsabilidad máxima que se cubre.
La implementación exitosa de este seguro requiere la necesidad de realizar una due diligence para identificar posibles riesgos antes de la transacción. Además, las partes deben negociar minuciosamente los términos de la póliza para asegurar una cobertura adecuada.
Este seguro puede llegar a cubrir la totalidad de la responsabilidad derivada del incumplimiento. Sin embargo, suele ser habitual que las pólizas excluyan la obligación de pago de la indemnización por parte de la aseguradora en los siguientes casos: 1) los eventos ya conocidos o revelados por el asegurado (ej: Contingencias identificadas en la due dilligence); 2) los daños por fraude o falsedad del asegurado; 3) las obligaciones del vendedor distintas de las manifestaciones y garantías; y 4) determinadas responsabilidades que se puedan derivar del incumplimiento de la normativa fiscal por el vendedor.
Este tipo de seguro tiene beneficios significativos para el vendedor, que además de facilitarle la venta al aliviar parte, o todo, el riesgo asociada con las indemnizaciones potenciales, este tipo de seguros permite al vendedor excluir totalmente su responsabilidad frente al comprador tras el cierre de la operación (si así se ha pactado en el contrato de compraventa) y obtener íntegramente el precio de la compraventa (una vez deducido el importe de la prima) sin costes financieros asociados (como en el caso del aval bancario a primer requerimiento o el escrow).
En cambio para el comprador, aunque estos seguros presenta ventajas también tiene algunos inconvenientes, pues si es verdad que con estos seguros la indemnización del daño es directa por parte de la aseguradora sin tener que depender de la solvencia del vendedor tras el cierre de la operación, también es verdad que la presentación y resolución de reclamaciones puede ser un proceso complejo y complicado pues la interpretación de las cláusulas de la póliza y la demostración de pérdidas reales pueden generar disputas entre el comprador y la compañía aseguradora. Además, estos seguros, en algunos supuestos, debido a las exclusiones de cobertura de la póliza pueden suponer un inconveniente para el comprador que no queda suficientemente garantizado.
En conclusión, el seguro de manifestaciones y garantías en operaciones mercantiles es una herramienta valiosa que puede contribuir a la fluidez de las transacciones al ofrecer seguridad financiera en un proceso inherentemente complejo y lleno de riesgos. No obstante, es importante que las partes involucradas sean conscientes de sus limitaciones y trabajen en consecuencia durante el proceso de negociación y due diligence.

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