Los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica, también denominados PERTE, se constituyen como una fórmula de colaboración público-privada que se ha incorporado en la actual normativa que regula el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, recogido en el reciente Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
Este Plan va a financiarse gracias a las subvenciones y préstamos aprobados por la Unión Europea (“Instrumento Europeo de Recuperación” o “Next Generation EU”), que ascenderán a 140.000 millones de euros para España en el período 2021 y 2026.
Según se determina en el referido Real Decreto-ley, pueden ser reconocidos como PERTE “aquellos proyectos de carácter estratégico con gran capacidad de arrastre para el crecimiento económico, el empleo y la competitividad de la economía española”.
Por lo tanto, pueden englobarse dentro de esta nueva figura todos aquellos proyectos estructurales o de tracto transformador, cuyo objeto puede ser muy variado. Los criterios que se aplicarán son muy amplios, considerando diferentes aspectos, tales como su contribución al crecimiento económico, su carácter innovador o de valor añadido en términos de I+D+i, o su importancia cuantitativa/cualitativa, entre otros. El artículo 8.3 del meritado Real Decreto-ley enumera un listado más detallado de los criterios que serán tenidos en cuenta para declarar un proyecto como PERTE.
Su formalización e instrumentación jurídica se realizará de acuerdo con la legislación aplicable, respetando los principios de concurrencia, no discriminación y competencia de los mercados. Concretamente, la declaración de un proyecto como PERTE se realizará por acuerdo del Consejo de Ministros y todas aquellas entidades vinculadas a su desarrollo se tendrán que inscribir en el nuevo Registro de entidades interesadas en los PERTE, que dependerá del Ministerio de Hacienda.
Este nuevo instrumento surge con vocación de permanencia, si bien hasta el momento no se ha determinado con claridad su naturaleza. Como puede apreciarse, contamos con una regulación bastante simplificada y estamos a la espera de su completa y total ordenación por las correspondientes normas de desarrollo.
Para concluir, debemos remarcar las nuevas oportunidades de negocio que se abren a los despachos de abogados. La complejidad del procedimiento hará necesario que las empresas que desarrollen proyectos susceptibles de ser financiados mediante los PERTE, requieran un asesoramiento especializado, tanto en el ámbito mercantil como financiero, para asistirles en el cumplimiento de los exigentes criterios determinados –o por determinar- en la normativa, de tal forma que maximicen sus posibilidades de obtener la financiación.
Compartir: