Noticias

Comienza el contenido principal

Sociedades profesionales ¿una oportunidad desaprovechada?

| Noticias | Derecho Mercantil y M&A

Santiago Fuertes reflexiona en la revista del Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Sevilla, sobre la constitución de sociedades profesionales.

Sabe usted cuántas sociedades profesionales se han registrado en los últimos cinco años en el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Sevilla? Pues, la verdad, es que pueden contarse con los dedos de una mano. Vislumbrar una sociedad profesional de Arquitectos Técnicos en Sevilla resulta algo casi tan extraño como observar un lince ibérico fuera del Parque Nacional de Doñana.

¿A qué se debe esta situación? ¿Puede que el ejercicio en común de esta profesión resulte diferente al del resto de otras actividades profesionales donde han proliferado con éxito las sociedades profesionales (abogados, médicos, ingenieros, economistas, etc.)?

Sinceramente, creo que no, en mi humilde opinión, el ejercicio de la profesión de Arquitecto Técnico y, en particular, el amplísimo  abanico de actividades y servicios que puede prestar no justifica esta situación, es más, puede resultar un elemento particularmente positivo para el desarrollo en conjunto de varias actividades profesionales vinculadas al ámbito constructivo en las circunstancias actuales.

Para responder con rigor a la pregunta que titula este artículo debemos reflexionar sobres las siguientes ideas clave:

  1. Proyecto Empresarial

Lo primero es definir qué tipo de proyecto empresarial pretendemos llevar a cabo en el ejercicio de la profesión y, ante todo, ¿solos o conjuntamente con otros?

En otras palabras, ¿se trata de un proyecto empresarial común entre varios profesionales que actuaremos de forma coordinada, compartiendo gastos e ingresos y el resultado de nuestra actividad en común; o por el contrario, solo pretendemos/necesitamos compartir gastos y servicios comunes e instalaciones, colaborando puntualmente, en función de cada proyecto concreto?

Centrando más el tiro, solo tiene sentido la sociedad profesional si el objetivo consiste en el desarrollo de un proyecto empresarial común por varios profesionales con una perspectiva a largo plazo donde sus cualidades y aptitudes profesionales constituyan la base del proyecto.

Si este no es su caso, la sociedad profesional lo más probables que no sea su “tipo” y quizás puedan interesarle otras muchas formas de colaboración empresarial no asociativas (contratos de puesta en común de medios, subcontratación, externalización de servicios, etc.)

  1. Qué actividad se va a desarrollar

Aunque parezca obvio, para valorar la conveniencia de una sociedad profesional debe definirse previamente qué actividad se pretende desarrollar en común, de tal manera que si se pretende desarrollar de forma directa la actividad profesional a través de una sociedad no es que este sea el medio adecuado, sino que es el obligado por ley.

En cambio, si lo que se pretende es poner en común unos medios (inmueble, mobiliario, etc.) y que cada uno desarrolle su actividad o lo que se pretende es que la sociedad actúe como un intermediario entre el profesional y cliente, la sociedad profesional no es vehículo adecuado.

Abundando en la idea del ejercicio de la profesión de Arquitecto Técnico, hay que concretar que en la sociedad profesional cabría el ejercicio de esta profesión, el ejercicio multidisciplinar de la profesión de Arquitecto Técnico, y, al mismo tiempo, cualquier otra para cuyo ejercicio se exija titulación universitaria oficial e inscripción en el correspondiente Colegio Profesional.

  1. Situación actual del mercado y previsible evolución   

En la actualidad, todos somos testigos del cambio producido en el sector inmobiliario y constructivo, y cómo los promotores inmobiliarios tradicionales se han visto sustituidos paulatinamente por fondos de inversión, vehículos de inversión inmobiliaria y entidades financieras que están concentrando cada vez más el mercado en sus diferentes ámbitos (promoción inmobiliaria, servicios de comercialización y gestión inmobiliaria, etc.) Lo anterior está `provocando la concentración de los principales actores en el sector inmobiliario y la consecuente reducción de costes al acudir a economías de escala.

Por otra parte, la continua evolución tecnológica está variando las metodologías y los procesos de construcción conocidos hasta la fecha, lo cual parece que redundará en una situación de automatización de procesos y servicios en el ámbito de la construcción en el que las máquinas tomarán más protagonismo.

Respecto a la tipología de servicios profesionales, se observa una tendencia cada vez más creciente por la modalidad de entrega “llave en mano”, donde la coordinación de las múltiples disciplinas y oficios integrados en un proyecto resultan fundamentales.

En este contexto es donde el Arquitecto Técnico desarrolla y, seguramente, ejercerá su actividad, por lo que me aventuro a señalar que para ejercer con éxito esta profesión, como muchas otras de servicios profesionales, actuarán como factores clave la especialización y la excelencia en la prestación del servicio, lo cual provocará que el punto de partida a considerar en la prestación de los servicios sea la generación, desarrollo y retención del talento profesional.

Para atraer, cultivar y mantener dicho talento, está claro que no será solo una cuestión retributiva, igual o más importante, en mi opinión, resulta el sentido de pertenencia a un proyecto; para captar y mantener a los mejores profesionales la clave es que éstos se sientan partícipes en un proyecto de primer nivel donde prime la meritocracia y unas reglas claras de convivencia, en suma, una carrera profesional donde se parte como trabajador y es posible llegar a socio director del proyecto.

Para lograr este objetivo la sociedad profesional, sin duda, reúne todas las características necesarias, debido a la flexibilidad y las facilidades que su regulación legal permite, lo cual facilita que los socios elaboren un “traje a medida” para cada situación que les permita establecer las bases que aseguren la convivencia necesaria para desarrollar un proyecto empresarial común con las mayores garantías.

En definitiva, las principales conclusiones que podemos extraer de lo anterior serían las siguientes:

  • La opción de constituir una sociedad profesional para el desarrollo de la actividad profesional, de forma exclusiva, con carácter multidisciplinar dentro de la profesión de Arquitecto Técnico o con otras profesiones, es el resultado de una labor previa de reflexión y definición del proyecto empresarial, existiendo distintos mecanismo y fórmulas para colaborar empresarialmente con otros profesionales.
  • El ejercicio de la actividad profesional de Arquitecto Técnico directamente por una sociedad debe desarrollarse a través de una sociedad profesional, lo cual representa una oportunidad en términos competitivos frente al ejercicio individual porque:
  1. Se concentra un equipo de profesionales, de la misma o distintas disciplinas profesionales, para el desarrollo de un proyecto empresarial común, donde priman las cualidades y aptitudes personales, ofreciendo al mercado tanto la especialización como la multidisciplinariedad que demanda;
  2. Es un vehículo óptimo  para atraer, motivar y retener el talento profesional a largo plazo, sin duda, un factor claramente diferenciador respecto al resto; y,
  3. La responsabilidad por deudas que no provengan de la actividad profesional (entidades financieras, proveedores, administración tributaria, etc.) Se limita al capital social (en caso de sociedad de capital).

Puede descargar el artículo en PDF desde este enlace.

Fin del contenido principal