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Las empresas se acogen a los despidos por enfermedad para acabar con el absentismo

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Alfredo Aspra analiza los despidos por ausencias intermitentes justificadas en el trabajo en un artículo que publica hoy el diario El Economista

Las empresas han comenzado un goteo de despidos por ausencias intermitentes justificadas al trabajo, muchas de ellas por enfermedades no graves, al superar los umbrales establecidos en el artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores. El motivo ha sido el respaldo que esta forma de despido objetivo ha obtenido con la sentencia del Tribunal Constitucional del pasado 16 de octubre de 2019.

Alfredo Aspra, Socio del área laboral de Andersen Tax & Legal, afirma que el despido por ausencias al trabajo no es nuevo, y explica que la causa de extinción contractual lleva contemplada en el Estatuto de los Trabajadores desde su primigenia versión de 1980 y que desde entonces ha sufrido cambios, pero la causa en sí, lleva incorporada en el ordenamiento jurídico desde hace mucho tiempo.

Puede ver el artículo completo en El Economista.

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