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La empresa familiar como respuesta fiscal al Impuesto de Grandes Fortunas

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Ernesto Campos Campillo, Asociado Sénior del área de Derecho Fiscal de Andersen, analiza en la revista Buen Gobierno de El Economista cómo afecta a la empresa familiar el nuevo Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF)

La entrada en vigor del nuevo Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF) ha removido las estrategias financieras de quienes se encontraban exentos de tributación en el Impuesto sobre el Patrimonio en Madrid, Andalucía y Galicia y su traspaso de la situación de autónomos a la constitución de empresas familiares, exentas de tributación en Patrimonio y, por tanto, en la nueva figura tributaria.

Ernesto Campos Campillo, profesor de Finanzas y Tributación de la Universidad Internacional de Valencia y Asociado Senior en Andersen: “la correcta gestión tributaria del patrimonio, no solo va a permitir lograr la exención (con el correspondiente ahorro de la cuota) en el IP y en el nuevo IGF, sino que adicionalmente va a beneficiar a sus futuros sucesores, en caso de fallecimiento, debido a que las estructuras societarias del régimen de la empresa familiar, permiten además bonificar, casi en su totalidad, la elevada tributación que se genera en la mayoría de los casos ante el impuesto sobre sucesiones y donaciones (ISD).

Puede leer el artículo completo en el sumplemento Buen Gobierno de El Economista.

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