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El salario diario se calcula al dividir entre todos los días del año

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Alfredo Aspra analiza la sentencia del Supremo que aclara el cálculo para el pago de sueldos cuando no se trabaja un mes entero

El Tribunal Supremo aclara que el salario diario para el pago de las retribuciones mensuales cuando no se trabaja todo el mes debe calcularse dividiendo el anual por los 365 días del año. El Supremo, en sentencia de 25 de noviembre de 2019, recuerda así su doctrina en los casos de trabajadores que en los meses de 31 días no han estado en activo la totalidad del mes, por haber estado en situación de incpacidad temporal e incorporarse a la empresa una vez iniciado el mes, por haber iniciado la prestación laboral una vez iniciado el mes o por incorporarse a la empresa tras un periodo de excedencia una vez iniciado el mes. 

“El sistema de retribución consistente en dividir el salario anual de convenio entre 360 días (12 meses de 30 días cada mes, entendido como mes tipo), de manera que la empresa compute todos los meses de 30 días, implica que los trabajadores que se encuentren en los casos mencionados dejen de percibir un día de salario en los meses de 31 días, lo que no cabe aceptar en el contrato de trabajo regido por el principio de reciprocidad y onerosidad”, apunta el fallo. 

“Y, en cuanto tal, generador de obligaciones para ambas partes, siendo un derecho básico del trabajador la percepción de la remuneración pactada o legalmente establecida de conformidad con lo establecido en el artículo 4.2 f ) del Estatuto de los Trabajadores”, señala Alfredo Aspra, socio del área Laboral de Andersen Tax & Legal. 

Puede ver el artículo completo en El Economista

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