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Hacienda pedirá IRPF hasta por las multas que paga cuando cobra de más

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Paula Caro y Raúl Ayo explican en un artículo que publica Libre Mercado qué supone la nueva doctrina fijada por el Alto Tribunal a través de la cual, los intereses de demora percibidos por los contribuyentes de la Agencia Tributaria, tendrán que sufrir la retención del IRPF por considerarse una ganancia patrimonial

Para Hacienda, y ahora para el Alto Tribunal, la multa que paga Hacienda en concepto de intereses de demora por no permitir al contribuyente disponer del dinero indebidamente retenido, en tiempo y forma, no constituye una acción indemnizatoria por lucro cesante, sino que viene a incrementar la renta percibida por el contribuyente en el ejercicio económico en que se deposite la indemnización.

"Esto va a ser un empezar... va a ser un nuevo punto de recaudación para la Agencia Tributaria", señalan Paula Caro socia y Raúl Ayo, asociado senior de Andersen.

Para ambos especialistas esta sentencia, en línea con el voto de Navarro Sanchís, "perjudica la seguridad jurídica del administrado (contribuyente) por parte de los órganos del Estado." Para ambos expertos en fisalidad, "sólo debería tener efectos para los intereses de demora que se devenguen a partir de la fecha de publicación (12 de enero)", pero abre una puerta a la Agencia Tributaria para encontrar una nueva línea de recaudación.

Caro recuerda que "lo importante es señalar que los intereses de demora que paga la Administración Tributaria tienen una finalidad compensatoria que trata de restablecer una situación anterior. Así, que te obliguen a tributar por ella frustra esa esa finalidad compensatoria".

Puede leer el artículo completo en Libre Mercado.

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